Nuevas reducciones en planes de pensiones

Una de las novedades en ámbito fiscal es la nueva reducción que fijo el ejecutivo español a partir de este año, así en 2022 se vuelve a reducir la aportación máxima a planes de pensiones individuales, así como también existen nuevos límites a tener en cuenta para las empresas.

Esa reducción queda limitada a 1500 euros la aportación total máxima a planes de pensiones (individuales o de empresa) con derecho a reducción en el IRPF, el ejercicio anterior dicho derecho ya ha había sufrido una rebaja respecto los años anteriores, reduciéndose de 8.000 euros a 2.000 euros la cuantía máxima desgravable.

Aún así hay que tener en cuenta que la cuantía máxima de los 1500 euros se puede incrementar hasta 8500 euros adicionales siempre que la cuantía proceda exclusivamente de contribuciones a planes de empresa. En este sentido cabe indicar que también tendrán consideración como tales todas las aportaciones que realice el propio trabajador al plan de pensiones de la empresa.

Requisitos a tener en cuenta en las aportaciones realizadas por los trabajadores

  • Únicamente generan derecho a la reducción aquellas aportaciones que realice el trabajador por cuantía igual o inferior a las aportaciones de la empresa.
  • Toda aportación de la empresa que sea consecuencia de una decisión del trabajador tendrán la consideración de aportaciones del trabajador.

¿Cómo debemos interpretar este límite?

Con carácter general y a falta de conocer el criterio que pueda fijar la Hacienda española, debemos entender que dicho beneficio de deducción incrementado a 8.500 euros solo es aplicable en aquellas aportaciones realizadas por la empresa que sean fruto de un incremento en el salario.

En el supuesto que dicho importe sea consecuencia de un acuerdo entre empresa y trabajador, en el que la empresa deja de satisfacer parte del salario monetario y lo destine a un plan de pensiones, como es una decisión donde ha intervenido la voluntad del trabajador, Hacienda lo puede considerar como una aportación individual del trabajador que no genere derecho a reducción.

Deja una respuesta